El Diario del Imperio Mexico

Mexican Army Uniform and Equipment
Regulations 1865

Capitulo VIII: Caballeria - Oficiales

by Col. Alberto Marquez Allison


Art.161. Sombrero igual al del oficial de infantería, con la diferencia que la toquilla y galones serán de plata: su uso el prevenido.

Art.162. Kepí igual al de infantería, pero con trencilla de plata: uso prevenido.

Art.163. Blusa igual á la de infantería, pero con las dos diferencias siguientes: 1st el faldon solo tendrá 0.200m. de largo: 2nd los botones serán blancos.

Art.164. Pantalon igual á la infantería.

Art.165. Chaleco id., pero con boton chico blanco.

Art.166. Bota igual á la infantería.

Art.167. Acicates igual á la infantería.

Art.168. Guantes de ante blanco.

Art.169. Corbata de gros negro.

Art.170. Pantalon largo cuando usen kepí.

Art.171. Sable pesado, todo de acero.

Art.172. Cinturon de cuero negro con tirantes de lo mismo: escudo de metal blanco igual al de infantería en forma.

Art.173. Capote de paño verde dragon, con boton del uniforme y del modelo general.

Art.174. Montura y brida igual al modelo general descrita en el art.10, pero con la mantilla y fundas de paño verde dragon y una franja garance de 0.050m. de ancho. Vaquerillo con bolsas interiores para campaña. Estribos de acero.

Tropa

Art.175. Sombrero igual al de la infantería.

Art.176. Blusa igual á la del oficial, pero de paño corriente.

Art.177. Pantalon de gamuza color de yesca bombacho y corto con 30 botones de bola de metal blanco al costado.

Art.178. Bota rusa de cuero natural y suelas dobles.

Art.179. Espuelas de acero corriente con correa de cuero natural.

Art.180. Corbata de lana negra.

Art.181. Sable igual al del oficial, pero corriente.

Art.182. Cinturon y tirantes de cuero negro: se sujeta á la cintura por medio de un hebillon de acero.

Art.183. Canana de cuero natural con 20 cartuchos: se sujeta por detras con una hebilla de acero: unida á la canana irá la capsulera respectiva.

Art.184. Montura y brida igual á la descrita para la Gendarmería; pero en lugar de pistoleras, llevará dos bolsas con cubiertas de cuero de pelo de chivo negro. Vaquerillo del mismo, con bolsas interiores: á la grupa llevará el sarape que será de color de café oscuro con dos cenefas á los extremos con los colores nacionales. El sarape tendrá 2.300m. de largo, y 1.050m. de ancho, y se colocará debajo del maletin. Los estribos serán de fierro.

Art.185. Maletin de pelo de chivo, igual al descrito para la Gendarmería.

Art.186. Morrel de malva ó cilicio, vaqueteado con timbre al natural en sus contornos, correas y hebillas; sus dimensiones son 0.280m. de ancho y 0.300m. de largo.

Art.187. Porron igual al descrito para la infantería.

Art.188. Cacerola : modelo detallado.

Art.189. Reata amarrada á la silla.

Art.190. Manta de silla, de jerga, fábrica nacional de 2.100m. de largo y 1.260m. de ancho.

Art.191. Los trastos de limpiar compuestos de bruza, almohaza y escobeton, los llevará el soldado colocados en las bolsas que tiene la montura en la cabeza de la silla.

Casa Militar del Emperador


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